sábado, 27 de enero de 2024

Trabajo: Certificación S. A.

 

1.    Indique qué modalidades preventivas puede adoptar esta empresa. Señale cuál sería la opción más adecuada para una empresa de estas características.

 

Para una empresa con esa cantidad de trabajadores en este caso de 360 según el RD 31/1995 y no constando en el anexo I del RSP 39/1997 puede optar por tener un servicio de prevención ajeno siendo lo ideal que cuente con un técnico de prevención en cada sucursal para que se encargue a manera más directa de la seguridad y salud, siempre y cuando estos colaboren con el servicio de prevención ajeno. También podrían optar por tener un servicio de prevención propio, pero sería algo opcional.

 

2.   Razone si existe la necesidad de constituir el comité de seguridad y salud; en su caso, explique su composición y dónde debería constituirse.

 

Según Artículo 38. Comité de Seguridad y Salud. RD 31/1995: será necesario constituir un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de

trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores, además el Comité estará formado por los delegados de Prevención, de una parte, y por el empresario y/o sus representantes en número igual al de los delegados de Prevención, de la otra.

Delegados de prevención según el artículo 35 de la ley de prevención de riesgos laborales RD 31/1995: De 50 a 100 trabajadores: 2 delegados de Prevención En las empresas de treinta y uno a cuarenta y nueve trabajadores habrá un delegado de Prevención que será elegido por y entre los delegados de Personal.

 

Como existen en total 17 centros de trabajos de la empresa repartidos de la siguiente manera:

·         En la sede principal hay 70 trabajadores por lo cual si sería necesario y tendrá 2 delegados de prevención y 2 representantes.

·         En 4 de los centros hay más de 50 trabajadores por lo que seguiría siendo necesario constituir un comité en estos centros y tendrá también 2 delegados de prevención y 2 representantes por cada centro.

·         En los 12 centros restantes hay menos de 50 trabajadores se constituirá por 1 delegado y 1 representante.

 

3.   Cuál sería la formación preventiva que deberían tener los miembros que forman el comité de seguridad y salud, así como las personas que se responsabilicen de la prevención en la empresa.

Según el RD 37/97:

Formación preventiva miembros del comité (nivel básico):

Deberán tener como mínimo formación en:

I Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo.

a) El trabajo y la salud: los riesgos profesionales. Factores de riesgo.

b) Daños derivados del trabajo. Los accidentes de trabajo y las enfermedades

profesionales. Otras patologías derivadas del trabajo.

c) Marco normativo básico en materia de prevención de riesgos laborales. Derechos y deberes básicos en esta materia.

Total horas: 7.

II. Riesgos generales y su prevención.

a) Riesgos ligados a las condiciones de seguridad.

b) Riesgos ligados al medio-ambiente de trabajo.

c) La carga de trabajo, la fatiga y la insatisfacción laboral.

d) Sistemas elementales de control de riesgos. Protección colectiva e individual.

e) Planes de emergencia y evacuación.

f) El control de la salud de los trabajadores.

Total horas: 12.

III. Riesgos específicos y su prevención en el sector correspondiente a la actividad de la empresa.

Total horas: 5.

IV. Elementos básicos de gestión de la prevención de riesgos.

a) Organismos públicos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo.

b) Organización del trabajo preventivo: «rutinas» básicas.

c) Documentación: recogida, elaboración y archivo.

Total horas: 4.

V. Primeros auxilios.

Total horas: 2.

Formación preventiva de los responsables de prevención (Nivel intermedio)

I. Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo.
a) El trabajo y la salud: los riesgos profesionales.

b) Daños derivados del trabajo. Accidentes y enfermedades debidos al trabajo:

conceptos, dimensión del problema. Otras patologías derivadas del trabajo.

c) Condiciones de trabajo, factores de riesgo y técnicas preventivas.

d) Marco normativo en materia de prevención de riesgos laborales. Derechos y deberes

en esta materia.

Total horas: 20.

II. Metodología de la prevención I: Técnicas generales de análisis, evaluación y control

de los riesgos.

1.º Riesgos relacionados con las condiciones de seguridad:

Técnicas de identificación, análisis y evaluación de los riesgos ligados a:

a) Máquinas, b) Equipos, instalaciones y herramientas, c) Lugares y espacios de trabajo. d) Manipulación, almacenamiento y transporte, e) Electricidad, f) Incendios, g) Productos químicos, h) Residuos tóxicos y peligrosos, i) Inspecciones de seguridad y la investigación de accidentes, j) Medidas preventivas de eliminación y reducción de riesgos.

2.º Riesgos relacionados con el medioambiente de trabajo:

1.ª Agentes físicos.

a) Ruido, b) Vibraciones, c) Ambiente térmico, d) Radiaciones ionizantes y no ionizantes.

e) Otros agentes físicos.

2.ª Agentes químicos.

3.ª Agentes biológicos.

4.ª Identificación, análisis y evaluación general: metodología de actuación. La encuesta

higiénica.

5.ª Medidas preventivas de eliminación y reducción de riesgos.

3.º Otros riesgos:

a) Carga de trabajo y fatiga: ergonomía, b) Factores psicosociales y organizativos: análisis y evaluación general, c) Condiciones ambientales: iluminación. Calidad de aire interior.

d) Concepción y diseño de los puestos de trabajo.

Total horas: 170.

III. Metodología de la prevención II: Técnicas específicas de seguimiento y control de los

riesgos.

a) Protección colectiva, b) Señalización e información. Envasado y etiquetado de productos químicos, c) Normas y procedimientos de trabajo. Mantenimiento preventivo, d) Protección individual, e) Evaluación y controles de salud de los trabajadores, f) Nociones básicas de estadística: índices de siniestralidad.

Total horas: 40.

IV. Metodología de la prevención III: Promoción de la prevención

a) Formación: análisis de necesidades formativas. Técnicas de formación de adultos.

b) Técnicas de comunicación, motivación y negociación. Campañas preventivas.
Total horas: 20.
V. Organización y gestión de la prevención.
1.º Recursos externos en materia de prevención de riesgos laborales.
2.º Organización de la prevención dentro de la empresa:
a) Prevención integrada, b) Modelos organizativos.
3.º Principios básicos de gestión de la prevención:
a) Objetivos y prioridades, b) Asignación de responsabilidades, c) Plan de prevención.
4.º Documentación.
5.º Actuación en caso de emergencia:
a) Planes de emergencia y evacuación, b) Primeros auxilios.
Total horas: 50.

 

BIBLIOGRAFÍA

 

 Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales. BOE-A-1995-24292.https://www.boe.es/buscar/legislacion.php?campo%5B2%5D=tit&dato%5B2%5D=Ley%2031/1995&accion=Buscar&checkbox_solo_tit=S&sort_field%5B0%5D=PESO&sort_order%5B0%5D=desc

Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de                                  Prevención. Boletín Oficial del Estado, núm. 27, de 31 de enero de 1997, 3031-3045. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1997-1853

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